¿Cómo puedo lograr que mi envase sea sostenible? Claves para cumplir con los requisitos normativos y de seguridad alimentaria
La industria cárnica que emplea envases para sus productos ha de lidiar en la actualidad con muchos y variados “frentes” que tienen que ver con:
- La seguridad alimentaria de los materiales que van a entrar en contacto con el alimento envasado
- Con el diseño y materiales del propio envase en aras de la protección del producto y su vida útil
- Con el control de costes de unas materias primas con precios en constante ascenso
Todo ello, sin perder de vista los requerimientos normativos en materia de sostenibilidad, tanto europeos como nacionales, que afectan también a los aspectos anteriores.
¿Cómo hacer que nuestro envase para un producto cárnico sea sostenible?
1.Cambios legislativos de gran calado
En los últimos años se ha ido desarrollando un marco legislativo que regula la generación y gestión de envases, tanto a nivel europeo como nacional, e incluso a nivel regional. Concretamente, en la Unión Europea (UE) tenemos:
- El Plan de Acción para la Economía Circular publicado en 2015 por la Comisión Europea y que fomenta que los productos, materiales y recursos se mantengan en la economía durante el mayor tiempo posible, reduciendo así al mínimo la generación de residuos.
- La Estrategia Europea de Plásticos, publicada en 2018 por la Comisión Europea, estipula que el 100% de los envases de plástico comercializados en 2030 deberán ser reutilizables, reciclables o compostables.
- La Directiva 2018/852, establece un aumento paulatino de las tasas de reciclado de envases, alcanzando el 65% en 2025 y el 70% en 2030. Además del objetivo general del 65 y el 70%, se fijan objetivos específicos por cada tipo de material, por ejemplo, un 55% para los envases de plástico en 2030.
2. Ley de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular
Adicionalmente, en España se publicó a principios de abril la nueva Ley de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular y está pendiente de que se publique el Proyecto de Real Decreto de Envases y Residuos de Envase.
La Ley de Residuos y Suelos Contaminados regula desde un punto de vista integral la gestión de desechos con el fin de cumplir los requisitos que ha fijado la UE para los horizontes 2025, 2030 y 2035. De este modo, se incluyen nuevos impuestos:
- Sobre los envases de plástico no reutilizables que contengan plástico virgen. A partir del 1 de enero de 2023 se deberá pagar 0,45 euros por kilogramo de plástico no reciclado y será una tasa indirecta que recaerá sobre la fabricación, importación o adquisición intracomunitaria de los envases que, conteniendo plástico virgen, no son reutilizables o sobre aquellos productos semielaborados destinados a ser envase (como preformas o láminas).
- Sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos. Esta tasa recaerá en quien entregue residuos para la eliminación o valorización energética en instalaciones de incineración o coincineración, con algunas excepciones. La base imponible se establecerá según el peso y tipo de los residuos.
La nueva ley pone además límites a los plásticos de un solo uso.
- En concreto, los recipientes de plástico para alimentos de consumo inmediato deberán tener reducciones del 50% en peso en 2026, y en 2030 del 70 % en peso, siempre con respecto a 2022.
- Para poder lograr estos objetivos, la legislación establece que “todos los agentes implicados en la comercialización fomentarán el uso de alternativas reutilizables o de otro material no plástico”.
Además, queda prohibida la fabricación e introducción en el mercado de productos de plástico como los recipientes para alimentos de poliestireno expandido -las bandejas de este tipo de material han sido tradicionalmente empleadas para el envasado de carne trozada-, todos los productos de plástico oxodegradable y las microesferas de plástico de menos de 5 mm. También queda prohibido el uso de sustancias como ftalatos y bisfenol A en envases.
- Adicionalmente, se impulsa la sustitución de bandejas, artículos monodosis, anillas de plástico y palitos de plástico usados por el sector alimentario por alternativas reutilizables y otros materiales tales como plástico compostable, madera, papel o cartón.
3. Real Decreto de Envases y Residuos de Envase
Por su parte, el Real Decreto de Envases y Residuos de Envase está enfocado en la gestión de los envases y su fin de vida para mitigar su impacto. Para ello, se estructura su contenido a partir de la jerarquía de residuos y se establecen objetivos y medidas, entre las que destacamos:
- Los envases deberán diseñarse de manera que a lo largo de todo su ciclo de vida se reduzca su impacto ambiental y la generación de residuos.
- Se establecen objetivos de reducción -respecto a 2010 – del peso de los residuos de envases de entre un 13% y un 15% para 2025 y 2030, respectivamente.
- Fomenta la venta a granel de alimentos: Desde el 1 de enero de 2023, los comercios minoristas de alimentación cuya superficie sea igual o mayor a 400 m2 destinarán al menos el 20% de su área de ventas a la oferta de productos presentados sin embalaje, primario, incluida la venta a granel o mediante envases reutilizables.
- Se promueve la reutilización de los envases para el ámbito doméstico, comercial e industrial, para los que se han marcado objetivos para 2025, 2030 y 2035.
- Se determina que todos los envases comercializados deben ser reciclables en 2030 y, cuando sea posible, reutilizables. Se incluyen las tasas de reciclado de envases que ya establecía la Directiva 2018/852 y, además, la obligación de introducir material reciclado en envases para bebidas que contemplaba la Directiva 2019/904 se extiende al resto de los envases de plástico, marcando objetivos específicos por tipo de envase en 2025 y en 2030.
- Se da especial relevancia al marcado de los envases y se dan instrucciones sobre la comunicación de los envases compostables, conforme a la norma UNE-EN 13432, y de los envases reutilizables, indicando su correcta gestión. Igualmente, se podrá informar sobre la composición, porcentaje de reciclabilidad o contenido reciclado de los envases, pero de forma voluntaria, y será necesario acreditarlo en los dos últimos caso.
Envases sostenibles, pero sin perder el foco de la seguridad alimentaria y la vida útil
El envase destinado a estar en contacto con alimentos se encuentra en una disyuntiva en la que ha de cumplir los requisitos de reciclabilidad/compostabilidad/reutilización marcados por Europa y, al mismo tiempo, garantizar que es seguro para el consumidor final.
- Por ello, se han propuesto diversas soluciones, entre las que cabe destacar el empleo de materiales, principalmente de origen renovable, con carácter biodegradable y con los que fabricar un envase compostable que cumpla con los requisitos recogidos en la norma UNE-EN 13432:2001.
- Otra de las soluciones posibles es la simplificación de estructuras de envase flexible mediante el uso de recubrimientos barrera o la utilización de materiales reciclados en contacto con alimentos.
En lo referente a la introducción de materiales plásticos reciclados, la Comisión Europea anunció un proyecto de nuevo reglamento (notificada en la World Trade Organization como G/SPS/N/EU/524), que reemplazará al Reglamento (UE) Nº 282/2008y que, en el caso de ser adoptado, entraría en vigor en el último cuatrimestre de 2022.
De igual modo, para utilizar materiales reciclados para el envasado de productos cárnicos es necesario evaluar el riesgo
de las sustancias que potencialmente pueden migrar al alimento envasado.
- Esto cobra especial relevancia en las sustancias no añadidas intencionalmente al material de envase (o NIAS), dado que el material a reciclar ha podido entrar en contacto con diferentes contaminantes, proceder de un origen no alimentario, e, incluso, generarse sustancias de degradación por el propio proceso de reciclado.
Una alternativa es el uso de barreras funcionales correctamente validadas, tras las que incorporar el material reciclado. Para ello, es necesario garantizar que la estructura seleccionada impida la migración de las sustancias presentes en el material reciclado al alimento a contener.
En el caso del cartón, también hay que analizar la posible presencia de los MOSH (hidrocarburos saturados de aceite mineral) y MOAH (hidrocarburos aromáticos de aceite mineral), metales pesados, ciertos ftalatos y bisfenol A; entre otras sustancias sugeridas por el instituto alemán BfR en su recomendación XXXVI para papel y cartón destinado al contacto alimentario, incluyéndose el uso de fibras recicladas.
Fuente: avinews.com